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Visitas culturalesLa Basílica de Santa María la Mayor es sin duda alguna uno de los monumentos más emblemáticos y significativos de la ciudad de Pontevedra. Con toda justicia nuestro templo parroquial ha sido calificado como "la perla del arte religioso de Galicia". Es por ello que el Consejo Parroquial de Pastoral de Santa María, consciente de la necesidad de regular el correcto acceso de visitantes, que deseosos de admirar la belleza de nuestra iglesia acuden cada vez en mayor número, ha decidido establecer una normativa que lo haga posible sin que por ello sufra el fin para el que fue levantada la Basílica: ser lugar destinado al culto divino (cfr. cc. 1205 Y 1214). Desde la acogida y el servicio al peregrino y al turista, aquí en nuestro templo parroquial se manifiesta la historia y el arte. La Basílica es un lugar de culto y de caridad. Además es centro de irradiación cultural. Se produce un influjo mutuo entre la fe y la vida de esta ciudad. Se presta un servicio a la sociedad porque las riquezas históricas y artísticas están abiertas a los estudiosos y en general a todas las personas interesadas. Constituyen una forma de catequesis y de testimonio de la fe cristiana. En efecto, las seculares piedras y demás elementos que componen la equilibrada estructura de este templo, adquieren pleno sentido y completa hermosura cuando en ella se realiza su finalidad, que no es otra que convertirse en marco de la liturgia de la Iglesia. Con acierto enseña el Concilio Vaticano II que en la liturgia "los signos sensibles significan y cada uno a su manera realizan la santificación del hombre, y así el Cuerpo místico de Jesucristo... ejerce el culto público íntegro" (SC. n° 7). Por lo que podemos afirmar que cuando en nuestra artística y hermosa Basílica se realiza el culto público su belleza adquiere plenitud y auténtico sentido. Pero no sólo debe procurarse que las funciones litúrgicas públicas se vean libres de toda injerencia que perturbe la paz y santidad del recinto además se ha de conseguir que la Basílica sea un espacio reservado para la oración y el encuentro con el Señor presente en el tabernáculo. Así es, "tal culto... debe asimismo llenar nuestros templos, incluso fuera del horario de las misas. En efecto, dado que el misterio eucarístico ha sido instituido por amor y nos hace presente sacramentalmente a Cristo, es digno de gracias y de culto. Este culto debe manifestarse en todo encuentro nuestro con el Santísimo Sacramento, tanto cuando visitamos las iglesias..." (Juan Pablo II Carta "Dominicae Cenae" l. 3). Por otra parte está fuera de duda que es a la autoridad de la Iglesia a quien corresponde establecer la normativa que regule la buena administración, conservación y uso de los bienes eclesiásticos. Lo cual se manifiesta en la normativa que sobre esa materia emana de la Santa Sede y la Diócesis. En este sentido cabe recordar la norma contenida en el canon .1220: "evítese enellas (en las iglesias) cualquier cosa que no esté en consonancia con la santidad del lugar", y en el canon 1210: "En un lugar sagrado sólo puede admitirse aquello que favorece el ejercicio y el fomento del culto de la piedad y de la religión, y se prohíbe lo que no esté en consonancia con la santidad del lugar... ". Normas y principios que por su generalidad deben ser adaptados a la concreta situación de cada lugar, en nuestro caso de la Basílica de Santa María la Mayor como iglesia parroquial. Templo que por su ubicación, tradición e historia es lugar de oración de muchos piadosos pontevedreses y otros fieles, que encuentran en ella un recinto de paz, un ámbito de encuentro espiritual con el Dios uno y trino. Tarea de adaptación que compete realizar al párroco como "pastor propio de la parroquia" (c. 532), asistido por el Consejo Pastoral Parroquial como órgano de colaboración para el fomento de la actividad pastoral (cfr. c. 536, 1). En sesión de fecha 30 de marzo de 1998 el Consejo Parroquial de Pastoral de Santa María la Mayor de Pontevedra aprobó la normativa de ordenación de las visitas culturales a la Basílica de Santa María la Mayor. Acuerdo que fue asumido por el párroco en la misma sesión.
Artículo I Durante los actos de culto y demás actividades programadas por la parroquia y que se desarrollen en la Basílica no se permiten visitas turísticas de ningún tipo. Prohibición que se prolonga desde un cuarto de hora antes del inicio del acto hasta un cuarto de hora después de concluido. Artículo II Queda prohibido a los fieles o visitantes realizar fotografías o grabar imágenes durante las celebraciones litúrgicas o pastorales. Sobre la realización de estas actividades en determinadas celebraciones nos remitimos a la normativa diocesana y parroquial que las regula. Artículo III Todos aquellos que accedan a la Basílica deberán guardar el respeto y decoro debidos, tanto en su comportamiento como en su modo de vestir. Por tratarse de un lugar abierto para la oración se exigirá de todos el máximo respeto, para lo cual se deberá guardar silencio, evitando además deambular de modo que se perturbe la paz del recinto. Artículo IV Aquellos que realicen visitas en grupo deberán respetar lo establecido en el artículo anterior; por ello todas las explicaciones con las que los guías y demás especialistas quieran ilustrar al grupo deberán ofrecerlas fuera del recinto de la Basílica. Deberán procurar que su tránsito en grupo no resulte molesto o atropellado. Articulo V La Parroquia Santa María la Mayor Pontevedra ofrecerá, a todos aquellos que deseen visitarla, un folleto explicativo básico de modo que puedan identificar aquello que contemplan. Articulo VI Todos los que visiten la Basílica deberán atender las instrucciones que, para la consecución de los fines expuestos, provengan del párroco (u otras personas autorizadas), de suerte que se evite que la excesiva aglomeración u otra circunstancia perturbe el orden y silencio que debe reinar en todo el recinto. Las autoridades eclesiásticas, el Párroco y el Consejo Parroquial de Pastoral son la única instancia para dirimir los conflictos derivados del incumplimiento de las normas anteriores.
NO SE PERMITEN LAS VISITAS DURANTE LA CELEBRACIÓN LITÚRGICA |

